Esta semana escribe
Jacqueline Saintard, Subsecretaria de Minería
La Mineria Submarina: Un Nuevo Referente para la Mineria Chilena

Desde los primitivos métodos extractivos empleados por los primeros habitantes, principalmente de la zona norte del país, para arrancar de las entrañas de la tierra los productos mineros metálicos y no metálicos, hasta los sofisticados procesos usados para los modernos yacimientos en actual explotación, la minería ha evolucionado en forma permanente a través de los siglos, aumentando su eficiencia y su magnitud.

Hasta ahora, nuestra minería se ha desarrollado fundamentalmente en tierra firme, arrancando minerales de las montañas y desiertos, dejando para el presente siglo y los venideros, hacerlo en los fondos y el subsuelo de nuestras aguas oceánicas jurisdiccionales que, de acuerdo a nuestra Carta Fundamental y a las normas internacionales, están sometidas a nuestra Soberanía.

Se podría pensar que nuestro ordenamiento jurídico-minero está orientado principalmente a ser aplicado al territorio continental e insular continental, pero ello es sólo una apreciación aparente toda vez que el sistema legal chileno contempla la posibilidad de realizar minería en los yacimientos de cualquier especie existentes en las aguas marítimas sometidas a la jurisdicción nacional y en el subsuelo de las mismas.

Chile ha sido un país pionero en cuanto al reconocimiento de su soberanía sobre las 200 millas marinas desde el año 1947, tesis que fue acogida por la “Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar y sus Anexos” (CONVEMAR). Este importante cuerpo jurídico internacional fue promulgado como ley de la República el 18 de noviembre de 1997, y consagró las normas contenidas en nuestra legislación civil referentes al espacio marítimo sobre el cual el Estado Chileno ejerce soberanía y que se denomina: mar territorial, zona contigua y zona económica exclusiva, de una extensión de 12, 24 y 200 millas marinas, respectivamente, incluyendo, además, la Plataforma Continental. Más allá de ella, en el alta mar, denominada Zona, rige la Convemar y sus Anexos y actúa la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (AIFM)

Por tanto, hoy es ya una realidad el Derecho Minero Submarino, también llamado “Oceanominería”, tanto a nivel nacional como internacional.

Durante las Sesiones de la AIFM de este año, se dio inicio al proceso de estudio del Reglamento sobre Prospección y Exploración de los sulfuros polimetálicos hidrotérmicos y de las costras de ferromanganeso ricas en cobalto de la Zona. Esta actividad será iniciada por los estudios de la Comisión Jurídica y Técnica (CJT), la cual deberá generar el borrador de Reglamento que luego discutirá el Consejo y, finalmente, la Asamblea.

Este año correspondió realizar la elección de los miembros de la Comisión antes referida, los cuales deben servir a la AIFM, por un periodo de 5 años, como órgano técnico asesor. El Candidato presentado por Chile fue uno de los 24 miembros elegidos. Este es un hecho de gran importancia para Chile, puesto que la CJT es en la práctica el órgano de mayor influencia al interior de la Autoridad.

La AIFM ya dictó las primeras normas que permiten la actividad minera en los fondos oceánicos, y Chile cuenta con la estructura legal básica para que esta actividad también pueda llevarse a cabo en su maritorio.

En el plano interno, para los efectos de la exploración y explotación de los hidrocarburos líquidos y gaseosos, incluyendo aquellos que se encuentran en el subsuelo de las aguas marítimas sometidas a la jurisdicción nacional, el DFL N° 2 de 1987, del Ministerio de Minería, estableció las normas sobre contratos especiales de operación para la exploración y explotación o beneficio de yacimientos de hidrocarburos.

Tratándose de yacimientos que contengan sustancias minerales metálicas o no metálicas existentes en las aguas marítimas sometidas a la jurisdicción nacional, el Estado de Chile se ha basado en lo dispuesto en la letra i) del artículo 5 del D.F.L. 302 de 1960, que Aprueba Disposiciones Orgánicas y Reglamentarias del Ministerio de Minería, que entrega al Ministro de Minería, la atribución de:

i) Suscribir en representación del Estado, previo informe favorable del Consejo de la Comisión Nacional de Energía, tratándose de hidrocarburos, del Consejo de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, en el caso de los materiales atómicos naturales y del Consejo de la Comisión Chilena del Cobre, si se trata de sustancias minerales metálicas o no metálicas, con los requisitos y bajo las condiciones que el Presidente de la República fije por decreto supremo, los contratos especiales de operación...”
Basado en dichas disposiciones el Estado de Chile, a través de Ministerio de Minería, ha suscrito numerosos contratos especiales de operación, especialmente para la exploración de hidrocarburos, pero también para sustancias minerales metálicas ubicadas en el subsuelo de los fondos marinos en el Estrecho de Magallanes y de la bahía de Nassau.

En el ámbito internacional, la minería submarina también ha progresado en los últimos tiempos bajo el imperio de la Autoridad (AIFM) y Chile ha marcado presencia con su participación en la nueva normativa y en los órganos que constituyen dicha institución.
Existiendo la normativa legal que regula la actividad minera submarina a nivel interno e internacional, cabe preguntarse por el porvenir de su expansión y por los efectos que ella podrá tener en nuestro país.

En el plano nacional, cabe destacar la experiencia recogida por la Empresa Nacional del Petróleo (ENAP) en el proyecto “Costa Afuera”, donde se extraen hidrocarburos desde el subsuelo submarino del Estrecho de Magallanes.

Es un hecho geológicamente comprobado que en los suelos marinos y su subsuelo también existen, al igual que en el continente, en tierra firme, minerales de diversas especies. En estos momentos uno de los principales motivos que no permiten la explotación comercial de los señalados yacimientos mineros, es el límite tecnológico debido a la profundidad en que se encuentran, que en algunos casos puede llegar hasta 6.000 metros bajo el nivel del mar. Sin embargo, el rápido avance de las investigaciones está dejando atrás ese obstáculo, especialmente si se considera que algunos yacimientos son, prácticamente, concentraciones de mineral y, por tanto, implicarían un ahorro del proceso previo al beneficio.

Hay que estar atentos a estos avances para que, llegado el momento, se le dé un renovado impulso a esta nueva variedad de la minería.

Debemos tener presente que las aguas de mar de por sí son ya un yacimiento minero, que fuera de la sal, contiene sulfatos, fosfatos y numerosos elementos metálicos y no metálicos. Las playas del litoral, con arenas ricas en titanio, hierro y otros metales, también constituyen un amplio yacimiento con posibilidades de aprovechamiento. Adicionalmente, se ha explorado la posibilidad de procesar los nódulos y costras de manganeso existente en los fondos marinos.

Jacqueline Saintard V., Subsecretaria de Minería

Estudió Ingeniería Comercial con mención en Economía en la Universidad de Chile (1971-1976) y es Diplomada en Políticas Sociales de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad de Chile (1995).

Laboralmente se ha desempeñado en:

Programa de Empleo para América Latina y El Caribe, PREALC (Naciones Unidas); en el Departamento de Economía de la Universidad de Chile, Extensión Universitaria; como Ayudante de la Cátedra de Introducción a la Economía de la Facultad de Ciencias Políticas y Administrativas de la Universidad de Chile Más tarde la Compañía Chilena de Comunicaciones S.A., Radio Cooperativa (1981-1990) siendo Subgerente Comercial y Gerente Comercial. Entre 1990 y 1994 fue Vicepresidenta del Directorio de la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias, EMOS S.A. Entre 1994 y 1998 fue nombrada por Marta Larraechea de Frei como Vicepresidente Ejecutiva de la Escuela de la Mujer, PRODEMU, Fundación para la Promoción y Desarrollo de la Mujer. Al momento de ser nombrada Subsecretaría de Minería (marzo de 2000) trabajaba en la Corporación de Fomento de la Producción, CORFO, como Subgerente de Asuntos Corporativos en la Vicepresidencia Ejecutiva.

De una vasta trayectoria política en el Partido Demócrata Cristiano, ex-Vicepresidenta Nacional en los año 90-92. Consejera Nacional del PDC desde 1987 hasta 1999. Candidata a Diputada en 1997 en el distrito Nº29 (Puente Alto, La Pintana, Pirque, San José de Maipo).

areaminera.com Chile - [ 12 | 12 | 2001 - 20 : 41 ]

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